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días después
Artículo 11 de la Ley
Vigilancia y Promoción de la Ley.-
Sin perjuicio del derecho que las leyes asignan a otras instituciones públicas de solicitar
información y de las facultades que le confiere su propia legislación, corresponde a la
Defensoría del Pueblo, la promoción, vigilancia y garantías establecidas en esta Ley.
un período después
casi otro período después
Puede ver la queja haciendo clic aquí
Comenzando otro período
Transcurriendo otro período
¿Y cuál es la conclusión, de todo esto?
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